EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 10.005/24

ARTICULO 1º: Autorícese a la Subsecretaría de Cultura y DDHH, en su representación a la Prof. Julieta Pederzoli, DNI: 25.817.778 el Uso del Espacio Público en Plaza 5 de Agosto de la ciudad de Chacabuco, el dia 27 de enero de 2024, en el horario de 15:00 hs. a 2:00 hs. Motivo: Festival Popular de Tango y Folclore.

Artículo: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo del evento mencionado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música  y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PUBLICA NOCECIENTOS OCHENTA Y SEIS, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

 Expediente Nº 20.515/24.