EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 10.018/24

 

ARTICULO 1º: Autorícese a Músicos Unidos Chacabuco, y en su representación al Sr. Luciano Pelatti en carácter de presidente,  Heraldo Acosta en carácter de Secretario, el Uso del Espacio Público y corte de tránsito vehicular de la calle Reconquista entre San Martín y Pueyrredón (Frente Palacio Municipal), de la ciudad de Chacabuco, los días 23, 24 y 25 de febrero de 2024, en el horario de 07:00 hs. a 2:00 hs. Motivo: XXV Festival Provincial de Tango y Folklore.

Artículo: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo del evento mencionado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PUBLICA NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS,  A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

 

Expediente Nº 20.540/24.