EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.030/24
ARTÍCULO 1º: Convalídese la Adenda (Contrato de Locación) entre la Municipalidad de Chacabuco (C.U.I.T. Nº 30-99908326-5), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, el Dr. Rubén Darío Golía (D.N.I. 22.575.124), con domicilio en calle Reconquista Nº 26 de esta Ciudad, y por la otra parte, el Sr. Oscar Armando Zarate, (D.N.I. 14.780.665), (CUIT: 20-14780665-6), con domicilio en calle Mendoza Nº 339 de la ciudad de Chacabuco, convienen en celebrar la presenta adenda con relación al Contrato de Locación, al Inmueble ubicado en Acceso Juan XXIII y Ruta Nº 7, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I, Sección H, Quinta 571 – Partida Nº 026-022563-4, para el funcionamiento de depósito de Maquinarias y Equipos del área de Producción, el monto asciende a la suma mensual de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL ($ 143.000), para el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2024 al 30 de junio de 2024.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expediente Nº 20.521/24.