EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 ORDENANZA N° 10.032/24 

ARTÍCULO 1º: Rectifíquese la Ordenanza Nº 9.992/22, de Interés Social  Escrituración de Inmueble, cuya correcta Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I, Sección G, Quinta 537, Manzana 537-d, Parcela 08 Subp. 1, a favor del Sr. Antonini Leandro Joaquín (D.N.I. 31.413.368) y Circunscripción I, Sección G, Quinta 537, Manzana 537-d, Parcela 08 Subp. 2, a favor de Antonini Rocío Celeste (DNI 34.984.787) de la ciudad de Chacabuco, Partido de Chacabuco (B) y la confección del reglamento de copropiedad a los efectos que intervenga la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, según Ley 10.830, Arts. 2º y 4º inc. C y D”.

Expediente Administrativo: 4029-5377/23.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.  

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA  NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-  

Expediente Nº 20.530/24.