EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.136/24
ARTICULO 1º: Autorizase a la “Subsecretaria de Cultura y DDHH”, el Uso del Espacio Público y corte de Tránsito Vehicular, en esquina de Calle Reconquista intersección Pueyrredón con continuación en Calle Alte. Brow del Nº 0 al Nº 50, Esquina de Avenida Saavedra y de Calle 25 de Mayo de ambas manos de la ciudad de Chacabuco, el día 25 de Mayo de 2024 desde las 08:00 horas hasta las 24:00 horas, con motivo a desarrollarse Armado y Desarmado de Kermesse de Zamba
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar equipo de sonido, mesas y sillas.
Artículo 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PUBLICA NUMERO NOVECIENTOS NOVENTA (N° 990), LLEVADA A CABO EN EL SALON DE UNION OBRERA MOLINERA ARGENTINA (UOMA) DE LA LOCALIDAD DE CHACABUCO, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expediente Nº 20.763/24.