EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.139/24
ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco, y en representación de la misma, a su Presidente Marcelo Cuozzo, y al Jefe del Cuerpo Activo, el Sr. Esteban Cipollone, el Uso del Espacio Público y Corte de calle Zapiola y Entre Ríos e intersección de calle Alberdi y Corrientes de la ciudad de Chacabuco, el día 2 de junio de 2024, en el horario comprendido desde las 7:30 hasta las 18:00 hs.
Motivo: “Celebración y Festejos del día del Bombero Voluntario”.
Artículo 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.
Artículo 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION NOVECIENTOS NOVENTA (N° 990), A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expediente Nº 20.774/24.