EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.145/24
ARTICULO 1º: Autorízase a la Dirección de Adultos Mayores, y en representación de la misma al Sr. Mauro Comiso, el Uso del Espacio Público en Plaza San Martin de la ciudad de Chacabuco, el día 15 de junio de 2024, en el horario de 15:00 hs. a 17:00 hs.
Motivo: Concientización del Buen Trato a las Personas Mayores.
ARTÍCULO 2º: Autorícese la colocación de equipo de sonido, mesas y sillas.
ARTICULO 3°: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la actividad mencionada en el artículo primero.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PUBLICA NUMERO NOVECIENTOS NOVENTA (N° 990), LLEVADA A CABO EN EL SALON DE UNION OBRERA MOLINERA ARGENTINA (UOMA) DE LA LOCALIDAD DE CHACABUCO, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expediente Nº 20.788/24