EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.225/24
ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Firma “INGAR URBANIZACIONES S.A”, y en representación de la misma al Sr. Martin Colla, el Uso de Espacio Publico, uso del suelo para Apertura de Zanja y ocupación en la Vía pública para Ampliación de Gas Natural, en calles que a continuación se detallan:
- Nº 08-007463-00-22, Andes y Uspallata.
- Nº 08-007504-00-22, Reconquista Nº 134.
- Nº 08-007623-00-23, Ullua Nº 284.
- Nº 08-007579-00-23, San Martin Nº 873.
- Nº 08-007638-00-23, C. de Malvinas/Rivadavia/Fuerza Aerea.
- Nº 08-007680-00-23, Av Solis e/ Junin y Dominguez.
Expediente Administrativo D.E Nº 4029-2828/24.
ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante el desarrollo de la obra solicitada.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO (N° 995), LLEVADA A CABO EN EL PARQUE TEMÁTICO MUNICIPAL, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expediente Nº 20.843/24.