VISTO:

La carrera de running realizada el pasado domingo 4 de agosto en la ciudad de Chacabuco, y;

 ººCONSIDERANDO:

-Que, la carrera contó con una masiva convocatoria de más de 300 personas, quienes participaron en las modalidades de 4 km y 8 km, destacándose por su organización y éxito.-

-Que, el evento incluyó la entrega de chips y una capacitación en RCP a todos los participantes, promoviendo así la seguridad y el bienestar de los corredores.-

-Que, el running, al igual que otras actividades deportivas, contribuye significativamente a la mejora de la salud física y mental de las personas, reduciendo el riesgo de enfermedades crónicas, mejorando la calidad del sueño y fortaleciendo el sistema inmunológico.-

-Que, el Intendente Municipal Dr. Rubén Darío Golía a cargo del Municipio de Chacabuco ha brindado su apoyo incondicional a cada actividad deportiva, demostrando su compromiso con la promoción del deporte y la vida saludable en la comunidad.-

-Que, es fundamental reconocer el esfuerzo de todos los actores involucrados en la organización y ejecución del evento, incluyendo la Dirección de Deportes y al área de coordinación de centro deportivo zona oeste del Municipio de Chacabuco, por su dedicación y compromiso.-

-Que, la práctica del deporte fomenta hábitos de vida saludable, promueve la disciplina, el trabajo en equipo y la superación personal, además de ser una herramienta eficaz para combatir el estrés y la ansiedad.-

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 10.237/24

ARTÍCULO 1º: Expresar nuestro agradecimiento a todas las personas e instituciones que hicieron posible la realización de la carrera de running, destacando la organización y participación del equipo de la Dirección de Deportes y al área de coordinación de centro deportivo zona oeste del Municipio de Chacabuco.-

ARTICULO 2º: Reconocer el valor de este tipo de eventos para la comunidad, que no solo fomentan el deporte y la vida saludable, sino también el espíritu de colaboración y comunidad.-

 ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES (N° 995), LLEVADA A CABO EN EL PARQUE TEMATICO MUNICIPAL, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

EXPTE. Nº 20.913/24.