EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.250/24
ARTICULO 1º: Autorícese al Sr. Juan Di Pinto DNI 43.589.262, el Uso del Espacio Público y corte vehicular, en calle Alvear Nº 160, entre calle R. E de San Martin y Maipú, de la ciudad de Chacabuco. El día 25 de agosto de 2024, en el horario de 16:00hs a 20:00hs.
Motivo: Festejos de Aniversario local de motos.
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar equipo de sonido, Escenario, etc.
Artículo 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTÍCULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO (N° 996), LLEVADA A CABO EN EL PATIO DE INTENDENTES, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expediente Nº 20.829/24.