EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 300/85
ARTICULO Nº 1: Declárese de utilidad pública y pago Obligatorio los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la Obra la ejecución de las Obras de ampliación de las Red de Desagües Cloacales en las Siguientes Calles:
–Elguea – Román e/ Garibaldi y Matheu (acera par).-
Matheu e/ Av. Elguea Román y L.N. Alem (acera par).
L.N. Alem e/ Dean Funes y Matheu (acera par).
Av. Garay e/ Av. Colón y Bransdesn 8acera impar).
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.
Expte. 575