EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 ORDENANZA N° 10.566/25.

ARTICULO 1º: Autorizase al Sr. Juan José Stefano, el Uso del Espacio Público, y corte vehicular en calle San Juan y Pueyrredón, de la ciudad de Chacabuco, el día 11 de abril de 2025, en el horario de 19:30 hs. a 21:30 hs.

Motivo: Inauguración del local La Libertad Avanza Chacabuco.

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar, sillas y equipos de sonido.

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del acto referido en el artículo primero.

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTÍCULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música  y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, SITO EN CALLE SAN JUAN Nº 167, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO MIL TRECE (N° 1.013), A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-

Expediente Nº 21.436/25.