EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 708/88
ARTÍCULO 1º: Apruébase el convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para la construcción de doce (12) viviendas en el Partido de Chacabuco.—————————————————————————–
ARTICULO 2º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.
EXPTE. Nº 1370