EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La
siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 873/90.-
ARTICULO 1°: Modificase el
ARTICULO 3° de la Resolución 191 (Fondo de Obra Pública), en su inciso
"d", que quedará redactado de la siguiente manera:
INCISO d: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE TRATARA Y
DECIDIRA EN CONSECUENCIA, LA APROBACION O RECHAZO DE LAS TARIFAS ELECTRICAS
ELEVADAS POR LA COOPERARIVA ELECTRICA DE CHACABUCO.-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA.-