EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La
siguiente

 

 

O R D E N A N Z A NRO. 873/90.-

 

 

ARTICULO 1°: Modificase el
ARTICULO 3° de la Resolución 191 (Fondo de Obra Pública), en su inciso
"d", que quedará redactado de la siguiente manera:

INCISO d: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE TRATARA Y
DECIDIRA EN CONSECUENCIA, LA APROBACION O RECHAZO DE LAS TARIFAS ELECTRICAS
ELEVADAS POR LA COOPERARIVA ELECTRICA DE CHACABUCO.-

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA.-