EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA SANCIONA: La siguiente

ORDENANZA N° 1.018/91.-

 

ARTICULO 1°: Declarar de
Interés Municipal el accionar pedagógico llevado a cabo por la Escuela Nro. 13
de la Localidad de Castilla, a través del Proyecto "Escuela
Granja".———————————————————————-

 

ARTICULO 2°: El D.E. otorgará un subsidio a la a la
Escuela Nro. 13 de la Localidad de Castilla para registrar en un Video Cassette
la Experiencia pedagógica referida en el Articulo
1°.——————————————————–

 

ARTICULO 3°: Los gastos que demande la aplicación
de la presente Ordenanza se imputarán a jurisdicción: Departamento Ejecutivo.-
Finalidad: Salud – Acción
Social.—————————————————————————–

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-