EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA SANCIONA: La siguiente

ORDENANZA N° 1.026/91.-

 

ARTICULO 1°: Se delimita
para la Fiesta del Maíz de 1991, las siguientes arterias en la ciudad de
Chacabuco:

– Avenida Alsina numeración 1 al 50.-

– Avenida Saavedra numeración 50 al 100.-

– Calle Belgrano desde Padre Doglia hasta Reconquista.-

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-