EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 1.590/95.-
ARTICULO 1°: Desafectase del uso del espacio
público de la actual Plaza General Paz la superficie que demarca el croquis
adjunto.————————-
ARTICULO 2°: Autorízase el uso de la superficie
desafectada en el Artículo anterior al C.E.F., Nro. 20, para la practica de
deportes y actividades
recreativas.—————————————————————————————
ARTICULO 3°: Todo gasto que demande la
implementación de la presente será soportado por el C.E.F. Nro. 20, como así
también el mantenimiento y mejoras a
implementar.———————————————————————–
ARTICULO 4°: Para el supuesto de proyectarse mejoras
de carácter permanente las mismas deberán contar con previa autorización del
Honorable Concejo Deliberante, a efectos de preservar el espacio verde.—–
ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-