EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA 1911 /97
ARTICULO 1º: Prorrogase a partir del 1º de julio de
1997 y por el termino de 180 días los términos de la Ordenanza Nº 1705/ 96
relacionado con la utilización del uso del espacio publico en plaza General Paz
de Chacabuco.—–
ARTICULo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase
.—————————————————————————————-
DADO : EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE..———————————————–
.-