EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
ORDENANZA N° 2.122/98.-
ARTICULO: 1°: Autorizar al DEPARTAMENTO Ejecutivo a
suscribir el Contrato de Comodato que adjunta como
Anexo.———————————
ARTICULO 2°: Recomendar la inclusión y/o
modificación de una cláusula que especialmente fije a cumplir por la
Comodataria gradualmente, dentro de los 24 meses, respecto a la dotación de
personal e inversiones.———
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–
DADO: EN LAS INSTALACIONES DEL CLUB SARMIENTO DE LA
CIUDAD DE RAWSON PARTIDO DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-