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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la
siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.769/01

ARTICULO 1°: Autorizar a la Cooperativa de Agua
Potable, Teléfonos y otro Servicios Públicos de Rawson Ltda. a la
construcción de un Refugio en la acera ubicada en la Avenida Vieytes, casi
esquina Guillermo Rawson, para uso de pasajeros del transporte
público.—————————————-

ARTICULO 2°: Los gastos que se demanden para la
construcción del citado refugio serán solventados por la Cooperativa de Agua
Potable, Teléfonos y otros Servicios Públicos de Rawson
Ltda..—————————-

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
UNO.-

EXPTE.NRO. 6.694/01