Ord. 646/88, Modificase el artículo 17º de la Ordenanza Nº 325/85, El pan y sus derivados podrá venderse únicamente en panaderías y comercios dedicados exclusivamente ala venta de dichos artículos.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente ORDENANZA Nº 646/88 ARTÍCULO 1º: Modificase el artículo 17º de la Ordenanza Nº 325/85, que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 17º: El pan y sus...